Art. Disposición final tercera

En vigor desde 12 abr 2026
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. Se añade por el art. único.8 del Real Decreto 301/2026, de 8 de abril. Ref. BOE-A-2026-8072 Su anterior denominación era disposición final 2.

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eli/es/rd/2008/02/15/221#disposicion-final-tercera

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