Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 29 feb 2024
1. En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la Subsecretaría promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados. 2. Atendiendo a su régimen competencial singular, en las Unidades y los organismos adscritos actuales o futuros, sus Unidades TIC podrán no depender orgánicamente de la Subsecretaría.
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eli/es/rd/2024/02/27/207#disposicion-adicional-sexta

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