Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 5 ago 2009
1. La presente Instrucción Técnica Complementaria (ITC) se aplica a la instalación, inspecciones periódicas y reparaciones de todos los equipos a presión incluidos en el Reglamento de equipos a presión instalados en refinerías de petróleos y plantas petroquímicas.
2. Se excluyen de la presente ITC:
a) Las botellas de gas para aparatos respiratorios incluidas en la ITC EP-5.
b) Los equipos a presión transportables incluidos en el Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 1999/36/CE, del Consejo, de 29 de abril, relativa a los equipos a presión transportables
c) Los extintores, que deberán cumplir los requisitos generales del Reglamento de equipos a presión.
d) Los oleoductos, gasoductos y redes de distribución urbana.
e) Las tuberías de conducción hacia otra instalación externa, desde el último dispositivo de aislamiento situado dentro de los límites de la empresa, incluido dicho dispositivo, que deberán cumplir los requisitos del Reglamento de equipos a presión.
f) Las carcasas o envolventes de elementos dinámicos.
g) Los equipos a presión del artículo 3.3 del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, o asimilados a dichas categorías según el artículo 3.2 del Reglamento de equipos a presión.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/12/12/2060#art-1-3