Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 23 ene 1996
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto, y en particular: 1. El apartado 1 (Colorantes) del anexo de la Resolución de 18 de octubre de 1982, de la Subsecretaría para la Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados para uso en la elaboración de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales («Boletín Oficial del Estado» de 4 de noviembre de 1982). 2. El apartado 8.7.1.1 (Colorantes) de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y venta de bebidas refrescantes, aprobada por el Real Decreto 15/1992 de 17 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero de 1992). 3. Los colorantes del anexo de la Resolución de 16 de diciembre de 1975, de la Dirección General de Sanidad por la que se aprueba la Lista de aditivos autorizados en la elaboración de caramelos, confites, garrapiñadas, artículos de regaliz y goma de mascar (chicles) («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero de 1976). 4. El colorante de la Orden de 13 de octubre de 1988 por la que se modifica la lista positiva de aditivos autorizados para la elaboración de caramelos, confites, garrapiñados, artículos de regaliz y goma de mascar (chicle) («Boletín Oficial del Estado» de 27 de octubre de 1988). 5. Apartado 1.1 (Colorantes) del anexo de la Resolución de 2 de diciembre de 1982 (rectificada), de la Subsecretaría para la Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos y coadyuvantes tecnológicos para uso en la elaboración de cerveza («Boletín Oficial del Estado» de 21 de enero de 1983). 6. Apartado 2 (Colorantes) del anexo de la Resolución de 1 de agosto de 1979, de la Secretaría de Estado para la Sanidad por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados para uso en la elaboración de conservas y semiconservas vegetales («Boletín Oficial del Estado» de 17 de octubre de 1979). 7. Apartado 1 (Colorantes) del anexo de la Orden de 25 de agosto de 1989, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados en la elaboración de gránulos y copos de patata («Boletín Oficial del Estado» de 6 de septiembre de 1989). 8. Artículo 14 apartado 2.1 (Colorantes para condimentos preparados) y 3.1 (Colorantes para sucedáneos de especias) de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias, aprobada por el Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de diciembre 1984). 9. Apartado 1 (Colorantes) del anexo de la Resolución de 1 de agosto de 1979, de la Secretaría de Estado para la Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados para uso en la elaboración de productos de confitería, pastelería, bollería, repostería y galletería («Boletín Oficial del Estado» de 17 de octubre de 1979). 10. Apartado 1.1 (Colorantes) del apartado 1.8 –Aditivos– del anexo 1 de la Orden de 21 de noviembre de 1984 por la que se aprueba las normas de calidad para conservas vegetales. («Boletín Oficial del Estado» de 11 de enero de 1985). 11. Apartado 5.2.1 (Colorantes) del anejo de la Norma de calidad para confituras, jaleas y marmalade de frutas, crema de castaña y mermelada de frutas, aprobada por el Real Decreto 670/1990, de 25 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 31 de mayo de 1990) y su corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 18 de septiembre de 1990). 12. Los colorantes de la lista positiva de aditivos para la mantequilla, que figura en la Resolución de 16 de diciembre de 1975, de la Dirección General de Sanidad, por la que se señalan los aditivos autorizados para uso en la elaboración de helados, agentes aromáticos, bebidas refrescantes, pan, panes especiales, huevos, ovoproductos y mantequilla («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo de 1976). 13. Los colorantes incluidos en el apartado 2 de la lista positiva de aditivos para la utilización en huevos y ovoproductos, incluidos en la Resolución de 16 de diciembre de 1975, de la Dirección General de Sanidad, por la que se señalan los aditivos autorizados para uso en la elaboración de helados, agentes aromáticos, bebidas refrescantes, pan y panes especiales, huevos ovoproductos y mantequilla. («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo de 1976). 14. Apartado 1.1 (Colorantes) del artículo 11 de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de Jarabes, aprobada por el Real Decreto 230/84 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de febrero de 1984). 15. Apartado 2.2 (Colorantes) del artículo 8 de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de harinas, sémolas de trigo y otros productos amiláceos, aprobada por el Real Decreto 1286/1984, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 8 de julio de 1984). 16. Los colorantes autorizados para grasas comestibles, margarinas, minarinas y preparados grasos que figuran en el anexo II de la Resolución de 8 de abril de 1981, de la Secretaría de Estado para la Sanidad, por la que se aprueba la ordenación de las listas positivas de aditivos autorizados para su uso en diversos productos alimenticios, destinados a la alimentación humana («Boletín Oficial del Estado» de 27 de marzo de 1981). 17. Apartado 1 del anexo de la Orden de 25 de agosto de 1989 por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados en la elaboración de platos preparados precocinados y platos preparados cocinados («Boletín Oficial del Estado» de 6 de septiembre de 1989) y su corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 19 de septiembre de 1989). 18. Los colorantes de la lista aprobada por Resolución de 21 de abril de 1983, de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos coadyuvantes tecnológicos para uso en la elaboración de zumos de frutas y de otros vegetales y sus derivados («Boletín Oficial del Estado» de 15 de julio de 1983). 19. Los colorantes del anexo de la Resolución de 16 de diciembre de 1975, de la Dirección General de Sanidad, por la que se aprueba la lista a positiva de aditivos autorizados para su uso en la elaboración de turrones y mazapanes («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero de 1976). 20. Los colorantes del párrafo a), apartado 1, del artículo 27 de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de productos de la pesca, aprobada por el Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto de 1984). 21. Los colorantes del párrafo a), apartado 1, de la Orden de 24 de enero de 1985 por la que se modifica la lista positiva de aditivos autorizados en productos de la pesca («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero de 1985). 22. Apartados 7.1.1 y 7.3.1 (Colorantes) del anexo I y el apartado 7.1 (Colorantes) del anexo II, de la Orden de 19 de noviembre de 1985, por la que se aprueba la Norma de calidad para quesos y quesos fundidos destinados al mercado interior («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre de 1985). 23. Apartado 7.3.7.1 (Colorantes) del anexo único de la Orden de 1 de julio de 1987 por la que se aprueba la norma de calidad para yogur o yogurt destinado al mercado interior («Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio de 1987). 24. Los colorantes del apartado IV del anexo de la Resolución de 23 de enero de 1982, de la Subsecretaría para la Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados para uso en la elaboración de productos cárnicos tratados por el calor («Boletín Oficial del Estado» de 19 de febrero de 1982). 25. Apartado 1 (Colorantes) del anexo I de la Orden de 8 de enero de 1987 por la que se modifica la lista positiva de aditivos y otros productos para uso en la elaboración de helados («Boletín Oficial del Estado» de 20 de enero de 1987). 26. Apartado 1 (Colorantes) del artículo 16 de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de salsas de mesa, aprobada por el Real Decreto 858/1984 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de mayo de 1984) y su corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre de 1984). 27. Los colorantes del anexo de la Resolución de 16 de diciembre de 1975, de la Dirección General de Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos para uso en la elaboración de caldos y sopas deshidratadas («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero de 1976). 28. Los colorantes del apartado IV del anexo de la Resolución de 23 de enero de 1982, de la Subsecretaría para la Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados en la elaboración del fiambre de lomo («Boletín Oficial del Estado» de 19 de febrero de 1982). 29. Apartado 1 (Colorantes) del anejo de la Resolución de 26 de diciembre de 1983, de la Subsecretaria de Sanidad, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos para la elaboración de jamón cocido y fiambre de jamón, paleta cocida y fiambre de paleta y magro de cerdo cocido y fiambre de magro de cerdo («Boletín Oficial del Estado» de 4 de enero de 1984). 30. Apartado 1 (Colorantes) del anexo de la Orden de 24 de enero de 1985, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos para uso en la elaboración de salchichas crudas («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero de 1985) y de la corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 9 de marzo de 1985). 31. Apartado 1 (Colorantes) del anexo de la Orden de 28 de mayo de 1985, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos utilizados en la elaboración de chorizo fresco («Boletín Oficial del Estado» de 6 de junio de 1985). 32. Los colorantes del apartado E del anexo 9 de la Orden de 6 de abril de 1987, por la que se aprueba la Norma de calidad de salchichón de Málaga («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril de 1987). 33. Apartado 1 (Colorantes) del anexo I de la Orden de 13 de enero de 1986, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos y otros productos para uso en la elaboración de los productos cárnicos, embutidos crudos-curados y para tratamiento en superficie de los mismos («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986). 34. Apartado 1.1.3 Colorantes del artículo 10 de la Reglamentación técnico-sanitaria de Azúcares, aprobada por el Real Decreto 1261/1987, de 11 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre de 1987). 35. Apartado 2.2.6 Colorantes del artículo 16 de la Reglamentación técnico-sanitaria de Pan y Panes Especiales, aprobada por el Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 16 de junio de 1984). 36. Apartados 7.2.2. de los anexos 1, 2 y 3 de la Norma de calidad para el queso Cheddar, Edam y Gouda aprobada por la Orden de 29 de noviembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre de 1975).
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