Título TÍTULO V
Art. 46
En vigor desde 30 abr 2005
En España se designa a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información como organismo notificado para la aplicación de las disposiciones de los capítulos III, IV y V del título III de este reglamento. El procedimiento de designación de otros organismos notificados en España se regulará mediante orden ministerial, en la que se determinará:
a) El alcance de la designación.
b) Los requisitos para obtener la designación.
c) Las causas de extinción de la designación.
d) Los derechos y obligaciones de las entidades designadas.
Se modifica por la disposición final 3.12 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril. Ref. BOE-A-2005-6970
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2000/11/20/1890#art-46