Capítulo CAPÍTULO PRIMERO
Art. 2
En vigor desde 7 abr 2013
1. Corresponde al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía la consecución de los siguientes fines:
a) Promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.
b) Garantizar la protección, conservación y restauración de los bienes muebles e inmuebles de valor histórico o artístico que integran su patrimonio, así como promover su mejora y enriquecimiento.
c) Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su contemplación y estudio.
d) Desarrollar programas de exposiciones temporales de arte moderno y contemporáneo.
e) Fomentar el acceso a las colecciones y actividades de ciudadanos españoles y extranjeros y facilitar su estudio a los investigadores, sin perjuicio de las restricciones que, por razón de la conservación de los bienes custodiados, puedan establecerse.
f) Impulsar el conocimiento, difusión y comunicación de las obras e identidad cultural del patrimonio histórico o artístico del Museo y desarrollar actividades didácticas respecto a sus contenidos.
g) Prestar los servicios de asesoramiento, información, estudio o dictamen de carácter científico o técnico que le sean requeridos por los órganos competentes de la Administración General del Estado, o que se deriven de los convenios o contratos otorgados con entidades públicas o privadas, o con personas físicas.
h) Contribuir a la formación y perfeccionamiento de personal especializado en museología y museografía, tanto para atender las propias necesidades y servicios del Museo, como para satisfacer las demandas de otros sectores.
i) Desarrollar programas de investigación y elaborar y publicar catálogos y monografías.
j) Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades, centros de investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos.
k) Desarrollar acciones conjuntas con las entidades citadas en el párrafo anterior que puedan contribuir a la mejor realización de sus respectivos fines y organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales de artes plásticas.
l) Desarrollar programas de visibilidad del arte moderno y contemporáneo español, así como de las colecciones del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y de su programación, a nivel nacional, acercándolo a toda la ciudadanía; e internacional, mejorando el impacto global del Museo.
2. Para la consecución de los fines anteriores, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía ejercerá y desarrollará sus funciones y potestades administrativas a través de los órganos que configuran su estructura orgánica, y en los términos previstos en este estatuto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/03/15/188#art-2