Art. Artículo cuarto

En vigor desde 11 ago 1978
Queda suprimida, a los efectos del contrato a que se refieren las bases que figuran en el anexo del presente Real Decreto, la Delegación del Estado en la «Compañía Trasmediterránea, S. A.».
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eli/es/rd/1978/07/08/1876#articulo-cuarto

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