Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 32
En vigor desde 11 abr 2023
Las operaciones fuera de límites no permiten llevar a cabo las siguientes actividades:
a) Trasbordo de carga.
b) Transferencia, suministro o bombeo de combustibles, o de cualquier otra sustancia.
c) Reparaciones mayores.
d) Cualquier otra actividad que no sea alguna de las indicadas en el artículo anterior.
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Proeli/es/rd/2023/03/21/186#art-32