Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 11 abr 2023
Este reglamento tiene por objeto la regulación de las siguientes materias: a) El despacho de buques. b) El rol de despacho y dotación. c) El régimen de enrolamiento y desenrolamiento de los tripulantes. d) El régimen de autorización de entrada y de estancia de los buques y embarcaciones en los espacios marítimos españoles. e) Las operaciones fuera de límites. f) Las medidas aplicables a los buques en tránsito que realicen descargas contaminantes en los espacios marítimos españoles. g) El fondeo de buques y condiciones de navegación. h) El régimen de infracciones y sanciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/03/21/186#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil