Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 31 dic 1991
Las disposiciones a que se refiere la disposición transitoria primera anterior establecerán los criterios de proporcionalidad y ponderación, de acuerdo con los principios contenidos en el presente Real Decreto.
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Proeli/es/rd/1991/12/20/1835#disposicion-transitoria-segunda