Art. Disposición final tercera

En vigor desde 23 feb 2000
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, dictará las disposiciones necesarias para resolver cuantas cuestiones se susciten en la aplicación de este Real Decreto en orden al funcionamiento del Registro de Bienes Muebles.
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eli/es/rd/1999/12/03/1828#disposicion-final-tercera

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