Art. 4

En vigor desde 23 feb 2000
Las condiciones generales de los contratos, y los mandamientos y ejecutorias relativas a resoluciones judiciales se inscribirán en el Registro correspondiente al domicilio social o profesional del predisponente, o en su defecto al del establecimiento principal desde donde dirija y gestione fundamentalmente sus negocios.
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eli/es/rd/1999/12/03/1828#art-4

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