Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª Centros asociados de la UNED y campus territoriales

Art. 72

En vigor desde 13 mar 2026
1. Los centros asociados se regirán por un reglamento de organización y funcionamiento, que regulará, como mínimo: a) El claustro, el consejo de centro y el equipo de dirección. b) El régimen de vinculación del profesorado tutor con el consorcio del centro. c) Las funciones del equipo de dirección. d) El procedimiento de selección, la organización y las funciones del personal técnico, de gestión y de administración y servicios. e) La forma de designación de los órganos unipersonales y de los miembros de los órganos colegiados. 2. El reglamento de organización y funcionamiento será aprobado, previo informe del vicerrectorado con competencia en la materia, por la junta rectora del consorcio, que lo elevará al Consejo de Gobierno de la Universidad para su aprobación definitiva, que velará por la consecución de la máxima homogeneidad de los reglamentos de todos los centros. 3. El Consejo de Gobierno de la Universidad aprobará, a propuesta del vicerrectorado competente en la materia, un reglamento marco para los centros asociados.
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eli/es/rd/2026/03/11/181#art-72

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