Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 24 feb 1993
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto y en particular el párrafo primero del artículo 382, así como los artículos 383 a 408 y las disposiciones transitorias decimotercera y final tercera del Reglamento del Registro Civil.
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eli/es/rd/1993/02/09/181#disposicion-derogatoria-unica

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