Capítulo CAPÍTULO V
Art. 29
En vigor desde 21 ene 2011
1. El Gobierno remitirá una Memoria anual a las Cortes Generales y al Consejo Económico y Social de las operaciones, proyectos y actividades autorizadas con cargo al Fondo de Internacionalización de la Empresa, de sus objetivos y beneficiarios de la financiación, condiciones financieras y evaluaciones, así como información sobre el desarrollo de las operaciones en curso a lo largo del período contemplado.
2. Con periodicidad anual, el Secretario de Estado de Comercio Exterior comparecerá en reuniones ante las Comisiones de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados y del Senado para presentar dicha Memoria y dar cuenta de la ejecución anual del FIEM y hacer balance sobre las actuaciones del Fondo y la adecuación de los resultados obtenidos en relación a los previstos en la estrategia de internacionalización.
3. Todas las operaciones que se hagan con recursos del FIEM estarán sujetas a información pública a través de la puesta a disposición de la Memoria, que una vez remitida a las Cortes Generales, se expondrá en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
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Proeli/es/rd/2010/12/30/1797#art-29