Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª De la inscripción de la escritura de constitución
Art. 115
En vigor desde 1 ago 1996
Para su inscripción en el Registro Mercantil, los estatutos de la sociedad anónima deberán expresar las menciones que se recogen en los artículos siguientes.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1996/07/19/1784#art-115