Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 25

En vigor desde 25 mar 2022
En sus intervenciones, actuarán de manera racional y con el temple necesario, con serenidad y prudencia, siguiendo los principios de oportunidad, congruencia y proporcionalidad, con la confianza en que sus propias aptitudes, juicios y criterios técnicos le permitirán tomar las decisiones más acertadas.
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eli/es/rd/2022/03/04/176#art-25

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