Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 18 dic 1997
a) Queda derogado expresamente el Real Decreto 1270/1985, de 25 de mayo, sobre control por los Centros de Inspección de Comercio Exterior de productos afectados por el Acuerdo de Washington constituido el 3 de marzo de 1973, bajo la denominación Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). b) Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1997/11/20/1739#disposicion-derogatoria-unica

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