Art. 8
En vigor desde 16 dic 2021
1. La percepción de las subvenciones previstas en este real decreto será incompatible con la de cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer otras administraciones públicas u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.´
2. El solicitante deberá aportar en el momento de la solicitud de ayuda una declaración responsable de no haber recibido, ni la agrupación ni sus miembros, ayudas incompatibles para el mismo objeto de las ayudas reguladas en este real decreto. En el caso de que se hubieran solicitado deberá relacionarlas en la declaración responsable referida en la convocatoria.
Se modifica el apartado 2 por el art. único.7 del Real Decreto 1103/2021, de 14 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-20633
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/03/23/169#art-8