Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 15 nov 2009
1. Queda derogado el Real Decreto 1612/2008, de 3 de octubre, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
2. Quedan derogados los títulos preliminar y I del Real Decreto 262/2008, de 22 de febrero, sobre la integración de las frutas y hortalizas en el régimen de pago único y el establecimiento de los pagos transitorios para los sectores de cítricos y tomates enviados a transformación.
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Proeli/es/rd/2009/11/13/1680#disposicion-derogatoria