Capítulo DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. DISPOSICIÓN FINAL

En vigor desde 6 ene 1990
DISPOSICIÓN FINAL Se autoriza al Ministro del Interior para constituir las nuevas Unidades de Intervención Policial y dictar las demás normas que requiera el desarrollo del presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1989/12/29/1668#disposicion-final

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