Capítulo CAPÍTULO III›Secc. SECCIÓN 4.ª EL DIRECTOR GENERAL
Art. 13
En vigor desde 17 feb 2002
1. El Director general es el órgano ejecutivo al que corresponden las funciones de gestión, administración y dirección propias de la gerencia y a través del cual se hacen efectivos los acuerdos del Consejo.
2. El Director general será nombrado y cesado por el Consejo de Administración a propuesta del Presidente, instrumentándose su relación con la entidad pública empresarial Red.es de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
3. Las retribuciones del Director general se fijarán por el Ministro de Hacienda de acuerdo con lo previsto anualmente, en su caso, por las leyes de Presupuestos Generales del Estado.
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Proeli/es/rd/2002/02/08/164#art-13