Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 1 jul 2007
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 871/2007, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2007-12759 Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 45, de 21 de febrero de 2007. Ref. BOE-A-2007-3599

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eli/es/rd/2006/12/29/1634#disposicion-transitoria-cuarta

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