Art. Disposición final primera

En vigor desde 17 nov 2011
Se habilita al Ministro de Educación para modificar, corregir o actualizar, cuando ello sea preciso, el anexo del presente real decreto, oída la autoridad competente de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.
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eli/es/rd/2011/11/14/1633#disposicion-final-primera

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