Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 9 dic 2011
Hasta tanto no esté constituido el Consejo del Agua del ámbito de competencia estatal de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental, continuará existiendo y ejerciendo sus propias funciones el Consejo del Agua de la cuenca.
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eli/es/rd/2011/11/14/1627#disposicion-transitoria-unica

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