Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 1 ene 2013
Las referencias hechas al Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, se entenderán realizadas a este Reglamento.
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eli/es/rd/2012/11/30/1619#disposicion-adicional-quinta

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