Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 17 dic 2011
El Ministerio de Educación, en colaboración con las Comunidades Autónomas y las universidades, promoverá medidas para la implantación de la Administración Electrónica en los procedimientos regulados en este Real Decreto, de conformidad con lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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