Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 4 nov 2009
El distintivo empresarial en materia de igualdad que regula el presente real decreto se denominará «Igualdad en la Empresa» y se representará con el logotipo que se determine mediante orden de la Ministra de Igualdad.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2009/10/26/1615#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil