Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 4 nov 2009
El distintivo empresarial en materia de igualdad que regula el presente real decreto se denominará «Igualdad en la Empresa» y se representará con el logotipo que se determine mediante orden de la Ministra de Igualdad.
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eli/es/rd/2009/10/26/1615#art-2