Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

En vigor desde 19 may 2023
La concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" tendrá una vigencia inicial de cinco años, entendiéndose que la primera anualidad se cumplirá el último día hábil del mes de marzo siguiente debiendo haber transcurrido al menos un año desde la publicación de su concesión en el "Boletín Oficial del Estado". Se modifica por el art. único.13 del Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo. Ref. BOE-A-2023-11737 Se modifica por el art. único.8 del Real Decreto 850/2015, de 28 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10984 .

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eli/es/rd/2009/10/26/1615#art-15

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