Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 30 mar 2022
Se habilita a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para desarrollar reglamentariamente este real decreto, así como para modificar los anexos, previo informe técnico preceptivo del Comité para la mejora y conservación de los recursos genéticos forestales, tras las consultas pertinentes a las comunidades autónomas y a propuesta de las autoridades competentes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/03/01/159#disposicion-final-cuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil