Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 22 dic 2022
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto. En particular, queda derogado el tercer párrafo, del apartado primero de la sección V-2. “Vehículo-obstáculo en la vía”, del anexo XI “Señales en los vehículos” del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 1030/2022, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21683
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Proeli/es/rd/2021/03/16/159#disposicion-derogatoria-unica