Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 9 mar 2023
1. La Agencia Espacial Española, en adelante la Agencia, es una agencia estatal de las previstas en el artículo 84.1.a).3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dotada de personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería propios y con autonomía funcional y de gestión. 2. La Agencia ajustará su actuación a lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en este Estatuto, así como por el resto de las normas de derecho administrativo general y especial que le sean de aplicación. 3. La Agencia se adscribe al Ministerio de Ciencia e Innovación y al Ministerio de Defensa, en el ámbito del ejercicio de sus respectivas competencias, con la necesaria coordinación con los departamentos y organismos con funciones y competencias afectadas. 4. La Agencia tiene su sede principal en Sevilla. 5. La denominación de la entidad es Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», y sus siglas AEE.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/03/07/158#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil