Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 10 nov 2012
La formación teórica de los contratos para la formación concertados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, se regirá por la normativa legal o convencional vigente en la fecha en que se celebraron.
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eli/es/rd/2012/11/08/1529#disposicion-transitoria-primera

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