Título TÍTULO I
Art. REGLA NÚMERO 15
En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 15
Bandera para embarcaciones de Hacienda
1. Descripción.
Será la bandera nacional con dos H en azul coronadas (con la Corona Real) en azul en la franja gualda, en las medidas y disposición que se indican en la figura por ambas caras.
2. Medidas.
Ancho de la bandera: a.
Largo de la bandera: 3/2 de a.
Altura de las H coronadas: 1/3 de a.
Anchura de las H: 1/6 de a.
3. Confección.
Tejido fuerte de lanilla o fibra sintética con las letras y coronas estampadas o sobrepuestas.
4. Usos.
Buques o embarcaciones del (o al servicio del) Ministerio de Hacienda.
5. Tamaños.
Los indicados en regla número 20 del título I.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-15