Título TÍTULO II
Art. 25
DerogadoEn vigor desde 19 dic 2003
Las disposiciones contenidas en el título I resultarán aplicables a efectos de cualquier otro tributo, sin perjuicio de lo establecido por su normativa propia y por el artículo 26.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/11/28/1496#art-25