Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 1 jul 2023
Este real decreto se ampara en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Los artículos primero, sexto y séptimo se amparan, adicionalmente, en la competencia que el artículo 149.1.25.ª de la Constitución Española atribuye al Estado sobre bases del régimen minero y energético.
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eli/es/rd/2023/02/28/145#disposicion-final-cuarta

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