Art. 11

En vigor desde 31 mar 2022
Los conflictos que surjan entre las personas trabajadoras y las empresas como consecuencia del contrato de trabajo serán competencia de los jueces y tribunales del orden jurisdiccional social. Se modifica por el .6 del Real Decreto-ley 5/2022, de 22 de marzo. Ref. BOE-A-2022-4583#as

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eli/es/rd/1985/08/01/1435#art-11

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