Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 oct 2009
Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.
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Proeli/es/rd/2009/09/11/1430#disposicion-final-primera