Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Inspección y sanciones
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 30 jul 1994
El presente Real Decreto se adopta en desarrollo de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento y tiene carácter de legislación de productos farmacéuticos a los efectos previstos en el artículo 149.1.16 de la Constitución.
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Proeli/es/rd/1994/06/25/1416#disposicion-adicional-primera