Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 17 dic 2006
Los actuales Colegios Oficiales de Graduados Sociales subsistirán con las mismas denominaciones y ámbito territorial hasta la constitución de los oportunos Colegios Oficiales de Graduados Sociales.
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eli/es/rd/2006/12/01/1415#disposicion-transitoria-primera

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