Art. Disposición adicional única

En vigor desde 12 dic 2018
El funcionamiento del Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación» no supondrá incremento de gasto público, y se atenderá con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación.
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