Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 6 ago 1995
En el año 1995, el sorteo para la primera lista de candidatos a jurados y sucesivos trámites se efectuará, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado en relación con el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/1995, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los meses previstos en los artículos 13, 14, 15 y 16 de la citada Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.
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Proeli/es/rd/1995/08/04/1398#disposicion-transitoria-unica