Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 88

En vigor desde 21 nov 2003
Por toda solicitud de desglose de documentos, de exhibición de autos, de expedición de testimonios u obtención de copia por cualquier otro medio de reproducción admitido por la ley, devengará el procurador 2,97 euros.
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eli/es/rd/2003/11/07/1373#art-88

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