Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Procesos especiales
Art. 6
En vigor desde 21 nov 2003
1. En los procesos que versen sobre filiación, paternidad, maternidad y demás que tengan por objeto el estado civil y condición de las personas, así como en los de incapacitación y declaración de prodigalidad, el procurador percibirá la cantidad de 89,16 euros.
2. El procurador, en los procesos de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores y en los procesos sobre adopción, percibirá la cantidad de 74,30 euros.
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Proeli/es/rd/2003/11/07/1373#art-6