Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Resolución del concurso de traslados de ámbito estatal

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 31 oct 2010
El personal funcionario de carrera que obtenga destino definitivo en un centro como consecuencia de desglose, desdoblamiento, fusión o transformación total o parcial de centro, supresión o cualquier otra situación que suponga modificación del destino que venía desempeñando, mantendrá, a efectos de antigüedad en el nuevo centro, la generada en su centro de origen.
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eli/es/rd/2010/10/29/1364#disposicion-adicional-tercera

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