Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. 129

En vigor desde 1 jul 2021
Es infracción muy grave de las sociedades profesionales la falta de un seguro en vigor o garantía equivalente que cubra la responsabilidad en la que puedan incurrir en el ejercicio de sus actividades cuando la obligación de contar con dicho régimen de garantía así esté prevista por ley.
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eli/es/rd/2021/03/02/135#art-129

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