Art. Preambulo
En vigor desde 2 dic 2001
El artículo 26 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, modificada por las Leyes 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, y Ley 9/2001, de 4 de junio, por la que se modifica la disposición transitoria sexta de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; determinados artículos de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, y determinados artículos de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, se remite a un reglamento para el establecimiento de las normas por las cuales los registros públicos administrativos deberán proceder progresivamente a cambiar materialmente la expresión de la unidad de cuenta peseta por la unidad de cuenta euro.
Ello implica la necesidad de desarrollar determinados criterios que han de regir el proceso de redenominación en euros de las inscripciones practicadas en los registros administrativos de carácter público.
Algunos de estos criterios se contienen en normas ya promulgadas con la finalidad principal de difundir el contenido de la Ley 46/1998 y facilitar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a las entidades de cara a la transición a la nueva moneda. Baste citar el Real Decreto 2814/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro, o el Real Decreto 2812/1998, de 23 de diciembre, sobre adaptación de la normativa de seguros, planes y fondos de pensiones a la introducción del euro.
No obstante, se hace necesario complementar las normas antes citadas con otros criterios adicionales destinados exclusivamente a facilitar la práctica de los asientos propios de los registros administrativos de las cifras que recojan cantidades de dinero en la nueva unidad de cuenta.
En su virtud, previos los informes preceptivos, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2001,
DISPONGO:
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Proeli/es/rd/2001/11/30/1322#preambulo-preambulo