Art. 16
En vigor desde 21 oct 2010
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal.
2. El Ministerio de Ciencia e Innovación dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Investigación.
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Proeli/es/rd/2010/10/20/1313#art-16