Libro REGLAMENTO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 35/2003, DE 4 DE NOVIEMBRE, DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA›Título TÍTULO IV›Capítulo Capítulo I
Art. 64
En vigor desde 9 nov 2005
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 40.1 de la ley, la actividad de gestión de IIC de las SGIIC englobará, entre otras, las siguientes actividades:
a) La gestión de activos.
b) La administración de la IIC. Dentro de esta actividad se entienden comprendidas las siguientes tareas:
1.ª Servicios jurídicos y contables en relación a la gestión de la IIC.
2.ª Consultas de los clientes, relacionadas con las IIC gestionadas.
3.ª Valoración y determinación del valor liquidativo, incluyendo el régimen fiscal aplicable.
4.ª Control del cumplimiento de la normativa aplicable.
5.ª Llevanza del registro de partícipes o accionistas.
6.ª Distribución, en su caso, de los rendimientos.
7.ª Suscripción y reembolso de participaciones de fondos y, en su caso, adquisición y enajenación de acciones de IIC.
c) La comercialización de participaciones o acciones de la IIC.
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Proeli/es/rd/2005/11/04/1309#art-64